Condiciones generales de venta ABAC

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Rev. jul 2025

Condiciones Generales de Venta de AIRE COMPRIMIDO INDUSTRIAL IBERIA, S.L. 

Las presentes Condiciones Generales de Venta se encuentran también a su disposición en las páginas web de las marcas o en su defecto, pueden solicitarse por escrito en: Aire Comprimido Industrial Iberia S.L. Calle. Las Arenas 6, Polígono Industrial Las Arenas, 28320 Pinto (Madrid). 

1. Ámbito de aplicación

Las presentes Condiciones Generales de Venta serán de aplicación exclusiva a las relaciones comerciales entre Aire Comprimido Industrial Iberia S.L. (en adelante “la Compañía” o “ACII” indistintamente) y sus distribuidores locales, así como los usuarios finales (en adelante “el Cliente”). 3Salvo expreso consentimiento de la Compañía, se considerarán ineficaces cualesquiera condiciones contenidas en cualquier solicitud o pedido del Cliente, que se contradigan con las presentes. 

2. Pedidos

2.1. Todos los pedidos se formalizarán mediante correo electrónico y deberán incluir el código del producto solicitado o una breve descripción de este, la cantidad solicitada y el precio según el listado de precios y descuentos de la Compañía vigente en la fecha de formalización del pedido. 

Alternativamente se admitirá la hoja “Aceptación del cliente” que se incluye en la oferta firmada por el comprador y sellada. 

2.2. La confirmación del pedido se enviará por correo electrónico, notificando, a título meramente indicativo, la fecha de la entrega. En caso de cualquier discrepancia entre el pedido y la confirmación, será determinante a efectos de las presentes condiciones el contenido del escrito emitido por la Compañía. 

3. Entrega

3.1. Los únicos plazos de entrega vinculantes son los que se acuerden de forma expresa entre las partes y, en concreto, resulta determinante la fecha que figure en la confirmación escrita emitida por la Compañía, siempre y cuando el Cliente cumpla con su obligación de facilitar todos los documentos, permisos, direcciones etc. que le corresponda. 

3.2. El retraso en la fecha indicada no constituye por sí solo a la Compañía en mora, por lo que el Cliente no podrá reclamar indemnización por daños y perjuicios. Especialmente la Compañía excluye cualquier responsabilidad derivada de los retrasos relacionados con las circunstancias debidas a causas de fuerza mayor o a cualesquiera otras causas que no se podían prever en el momento de la confirmación del pedido y que impidan el suministro en la fecha acordada. 

3.3. La entrega se realizará “franco fábrica”, salvo que se pacte expresamente lo contrario. 

3.4. En el momento de la entrega el Cliente firmará un albarán. 

3.5. El suministro no incluye aquellos materiales y servicios que no hayan sido confirmados expresamente y por escrito por la Compañía. 

4. Transporte y seguro

4.1. El material viaja por cuenta y riesgo, y a cargo del cliente salvo que sea acordado en otros términos de manera expresa. En este caso, la Compañía repercutirá en factura los gastos correspondientes a portes y embalajes, según la tarifa de portes vigente. 

4.2. El comprador se obliga a asegurar el material contra los riesgos del transporte, excepto que, previo acuerdo por escrito, ACII haya aceptado cubrir dicho seguro. En ese caso la Compañía contratará a petición del Cliente y a costa de éste, un seguro que cubra el robo, rotura, fuego, daños por el agua, así como cualesquiera otros posibles riesgos asegurables respeto al objeto del contrato. Es necesario el examen del estado de la mercancía a su recepción, y en caso de presentar daños o desperfectos, efectuar la reclamación de inmediato indicando en el albarán de la agencia de transporte dicha incidencia. En caso de no reflejarla, no procederá reclamación alguna a ACII por daños en la entrega (ver apartado 12. Reclamaciones). 

5. Transmisión del riesgo

5.1. El riesgo se entenderá transmitido en el momento de la entrega. 

5.2. En caso de retraso en la entrega por causas relacionadas con el Cliente, el riesgo se entenderá transmitido desde el momento en que el producto esté listo para su expedición o bien desde el momento en que el producto se ponga a disposición del Cliente en la fecha pactada. 

5.3. En caso de que se pacte excepcionalmente el almacenamiento temporal del producto adquirido por el Cliente, o este almacenamiento sea necesario por mora del Cliente en la recepción el riesgo se entenderá transmitido desde el momento en que la mercancía hubiese sido entregada en circunstancias normales. 

5.4. La Compañía no estará obligada a asegurar el producto almacenado. 

6. Almacenamiento

6.1. En caso de mora del Cliente por un periodo superior a dos semanas en la recepción del producto, la Compañía podrá almacenarlo a su coste y riesgo en un almacén perteneciente a un tercero, todo ello sin perjuicio de reclamación posterior al Cliente por los gastos ocasionados. 

6.2. Lo previsto en el apartado anterior se aplicará también a los casos en los que el almacenamiento se deba al deseo expreso del Cliente. 

7. Suministro parcial, diferencias en dimensiones

7.1. El Cliente aceptará el suministro parcial, salvo en los casos en que pudiera causarle daños o perjuicios, debiendo manifestarlo expresamente por escrito. 

7.2. En los casos mencionados en el punto 7.1, el Cliente tendrá derecho de retención en cuanto al pago por la mercancía suministrada. 

8. Precios

8.1. Nuestros precios son netos conforme a las tarifas vigentes, y pueden ser objeto de revisión en función de las variaciones de dichas tarifas vigentes en la fecha del suministro. No se incluyen embalajes, salvo que se pacte expresamente lo contrario. 

8.2. En los citados precios no se incluyen los impuestos que graven la citada venta, los cuales serán siempre por cuenta y a cargo del comprador. 

8.3. En caso de que el periodo entre la formalización del pedido y la fecha de entrega superase cuatro meses y en este periodo los costes de fabricación crezcan considerablemente por razones ajenas a la Compañía, aquella tendrá derecho a revisar el precio del producto. 

9. Condiciones de pago

9.1. El pago habrá de formalizarse con antelación a la recepción del pedido, adjuntando a este último justificante bancario de la realización del reintegro, salvo que se pacte expresamente y quede reflejado en el pedido. 

9.2. En caso de mora en el pago de las facturas, el Cliente deberá abonar un interés del EURIBOR + 4% anual sobre el importe de la factura, sin perjuicio de las reclamaciones de los intereses que establezca la ley si las cantidades no pagadas fueran reclamadas judicialmente. 

9.3. El Cliente podrá compensar únicamente con las deudas reconocidas expresamente por la Compañía o declaradas por la vía judicial. 

9.4. Salvo expreso pacto contrario, los pagos se realizarán mediante una transferencia bancaria al número de cuenta de la Compañía indicado en la factura o en su defecto mediante giro bancario. 

9.5. Para poder compensar los costos derivados de cada pedido, la Compañía facturará un importe mínimo por pedido. 

10. Reserva de dominio

10.1. Hasta el completo pago del importe de las facturas el material será de la propiedad de ACII, no pudiendo, en consecuencia, ser objeto de enajenación, cesión, traspaso o gravamen, ni pudiendo ser embargado por terceros. Es decir, la Compañía se reserva expresamente el dominio del producto hasta el pago íntegro por el comprador de su precio, intereses, gastos legítimos e impuestos aplicables. 

10.2. En caso de incumplimiento grave de alguna de sus obligaciones contractuales por parte del Cliente y, en especial, en caso de demora en el pago por más de 60 días, la Compañía podrá optar entre exigir el pago, o resolver el contrato retirando la mercancía cuyo dominio se ha reservado. En este caso el Cliente abonará el 10 % del precio pactado en concepto de costes por retirar el producto, si el producto sigue en condiciones y puede ser vendido como nuevo, más un 30 % del precio nuevo, pactado en concepto de indemnización por pérdida del valor, si el producto ha perdido su condición de nuevo. En todo caso el Cliente podrá justificar que procede aplicar un porcentaje menor de la penalización. Todo ello sin perjuicio de otras reclamaciones por los daños y perjuicios. 

10.3. Si el producto suministrado por la Compañía es tratado o transformado por el Cliente previamente a su total abono, tales trabajos se considerarán realizadas en beneficio de la Compañía. 

10.4. Si el producto suministrado por la Compañía con reserva de dominio es incorporado, mezclado o unido a otros productos de las mismas características, la Compañía adquiere una copropiedad en el nuevo producto en la parte alícuota resultante de prorratear el valor según factura de los productos por ella suministrados y el valor total de las facturas de los demás copropietarios. 

10.5. El nuevo producto se entenderá como objeto suministrado en el sentido de estas Condiciones. En caso de venta del objeto suministrado a un tercero, el Cliente cederá a la Compañía desde este mismo momento sus derechos a percibir los importes que le deben ser abonados por razón del contrato de venta en la misma parte alícuota que corresponda al valor según factura del suministro de la Compañía relación con el valor total de las facturas de los demás copropietarios. La misma regla será aplicable a los productos tratados o transformados por el Cliente. 

11. Derechos de propiedad industrial e intelectual

11.1. Todos los proyectos, modelos, planos, diseños etc. relacionados con el producto permanecerán en propiedad de la Compañía, así como los derechos de propiedad industrial e intelectual relativa a los mismos. El uso de aquellos corresponderá exclusivamente a la Compañía. 

11.2. La Compañía podrá colocar en todos sus productos sus marcas y nombres comerciales y el Cliente tendrá expresamente prohibido eliminar dichos signos. 

11.3. El Cliente abonará los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la violación de cualquier derecho de propiedad industrial intelectual mencionado anteriormente, que el Cliente expresamente reconoce. 

11.4. Todos los softwares quedarán en exclusiva propiedad de la Compañía. Se transmitirá únicamente el derecho a utilizar el software, en cada caso concreto en relación con la explotación de una instalación objeto de contrato. 

11.5. Será ilegítima la duplicación de software o su uso para fines distintos de los previstos en las presentes Condiciones. 

11.6. Está expresamente prohibida la descompilación de software. En caso de que el Cliente necesitase una modificación parcial de software, la Compañía le suministrará la información necesaria. En caso de que la Compañía no respondiera a la solicitud por escrito del Cliente en un plazo de dos meses desde la fecha de su recepción por escrito, el Cliente podrá descompilar la parte del programa necesaria para la modificación en cuestión. 

12. Reclamaciones

12.1. El Cliente está obligado a examinar inmediatamente toda la mercancía suministrada por la Compañía, incluyendo todos los planos, proyectos, etc. en cuanto a sus posibles defectos y adecuación a su solicitud. 

12.2. El Cliente notificará por escrito a la Compañía todos los defectos apreciables a simple vista en un plazo de 24 horas, contado desde la fecha de la entrega. La falta de dicha notificación implicará el reconocimiento por parte del Cliente de que el producto suministrado está en perfecto estado y es conforme con su solicitud. 

12.3. En este caso se tomarán en consideración únicamente las reclamaciones por vicios ocultos. Los defectos que no se pudieron apreciar a la simple vista, deberán ser notificadas por escrito, inmediatamente después de detectarlos. 

12.4. No se admitirán reclamaciones por defectos insignificantes. 

13. Garantías

13.1. La garantía se extiende por un plazo de 12 meses a partir de la fecha del traspaso del riesgo. 

13.2. Nuestro material está garantizado contra todo defecto de fabricación o diseño, obligándonos a la reposición de las piezas defectuosas, previa justificación ante nuestro departamento técnico de la oportuna reclamación. Nuestra garantía no cubre los elementos de desgaste normal, tales como empaquetaduras, juntas, diafragmas, latiguillos, etc. En caso de manipulación o modificación en el material, que sea ajena a nuestra autorización escrita, la presente garantía queda sin efecto. Asimismo, el equipo debe ser puesto en marcha por nuestro personal técnico o personal autorizado. Todo equipo quedará expresamente excluido de la cobertura de la garantía, y por tanto los costes de reparación serán a cargo del usuario, en los casos en que la avería sea consecuencia de: a) Un mal uso del equipo o negligencia por parte del usuario. b) Un funcionamiento fuera de los límites de temperaturas y presiones de trabajo especificados para el equipo. c) Una instalación defectuosa. d) La no incorporación de la protección adecuada mediante un interruptor de flujo de caudal de agua y/o aire, esté o no indicado en cualquier manual de instalación. e) Heladas en los circuitos de refrigeración por falta de anticongelante. f) Una incorrecta ubicación del equipo o la existencia de obstrucciones que impidan una correcta circulación de aire. g) Una falta de control en la calidad del agua de los circuitos de refrigeración, tales como: la inadecuada composición del agua de suministro, la inadecuada composición del agua y/o aire de los circuitos capaz de provocar ataques químicos o corrosiones en los componentes de los equipos, o la existencia de objetos extraños y/o lodos capaces de producir obstrucciones restricciones o defectos en la transmisión térmica. h) Fallo en el suministro eléctrico al equipo, debidos a inadecuadas protecciones eléctricas, cableado o conexionado, o perturbaciones u oscilaciones en el suministro eléctrico, que se encuentren fuera de los márgenes de tolerancia aceptables. i) Presencia de elementos de control ajenos a la unidad sin haber sido previamente autorizados por ACII. j) Causas ajenas al uso de los equipos tales como: fuego, vertido de cualquier tipo de producto, existencia de polvo o suciedad, presencia de ambientes corrosivos, fenómenos atmosféricos o geológicos extraordinarios, siniestros o actos vandálicos. 

13.3. Quedan fuera del alcance de la garantía, la reposición de los materiales fungibles por funcionamiento tales como: el aceite del compresor, los filtros de aceite, filtros de aire y su limpieza, y las recargas de refrigerante. 

13.4. En todos los casos, el impuesto de gases fluorados de efecto invernadero de conformidad con lo establecido por la ley 16/2013 correrán a cargo del usuario. 

13.5. Quedan fuera del alcance de la garantía, equipamientos adicionales como grúa, andamios o cualquier otro elemento que el SAT necesite para reparar o intervenir el equipo por estar éste ubicado en un lugar inaccesible. 

13.6. Se producirá una pérdida de la garantía por los daños que puedan originarse en el equipo como consecuencia de un mantenimiento inadecuado o inexistente, o una reparación inadecuada que no haya sido realizada por técnicos de ACII o técnicos acreditados por la misma. 

14. Indemnización por daños y perjuicios

Cualquier responsabilidad de ACII estará en todo caso limitada al valor del 100% del precio que figura en la factura. La Compañía nunca será responsable por daños indirectos y consecuenciales tales como, pero no limitados a, lucro cesante, pérdida de beneficio, ganancia, contratos y/o producción. 

15. Nulidad

La declaración de nulidad de una de las cláusulas de las presentes Condiciones no afectará a las demás cláusulas, que seguirán siendo válidas. 

16. Modificaciones y acuerdos complementarios

Las modificaciones de cualquier tipo, así como los acuerdos complementarios a las presentes Condiciones, requieren para su validez de la confirmación por parte de la Compañía. 

17. Fuero y jurisdicción

17.1. ACII y el cliente, con renuncia expresa a cualquier fuero propio que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid para solventar cualquier diferencia que pudiera derivarse de sus relaciones comerciales. 

17.2. La ley aplicable será la normativa española. 

17.3. La Compañía se acoge a la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, hecha en Viena el 11 de abril de 1980 (B.O.E. nº 26, de 30 de enero de 1991). 

18. Prevención de riesgos laborales

18.1. De conformidad con la Ley 31/1995 sobre Prevención de Riesgos laborales, el Cliente, en cumplimiento del deber de protección, deberá garantizar la seguridad y la salud de los técnicos de la entidad prestadora del servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo a realizar. 

18.2. Antes de iniciar los trabajos es obligatorio realizar la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE). En ningún caso se incluirán trabajos considerados “Obras de Construcción” según el Real Decreto 1627/97. 

19. Tratamiento de residuos

19.1. El poseedor final será responsable de la entrega del embalaje o envase a un gestor autorizado para la correcta gestión medioambiental. 

19.2. Los residuos procedentes de las intervenciones de mantenimiento en sus equipos deben ser gestionados por el cliente (generador de estos) con un gestor debidamente autorizado. 

20. Normativa equipos a presión

20.1. Esta oferta, salvo que esté expresamente indicado, no incluye la legalización de la instalación de aire comprimido, ni ninguna de las inspecciones periódicas que son responsabilidad y obligación del Cliente, según el Real Decreto 809/2021, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. En el caso de que la oferta incluya alguno de estos o ambos conceptos (legalización y/o inspección) ACII se reserva el derecho a emitir facturas independientes por dichos conceptos. 

21. Cumplimiento de tratados de comercio exterior

Cualquier oferta será legalmente vinculante para ACII sólo después de que el cliente haya recibido nuestra aceptación por escrito de cualquier pedido suyo basado en dicha oferta. Nos reservamos a retirar nuestra oferta en cualquier momento. Al realizar el pedido, el cliente certifica que el pedido no se utilizará para ningún fin relacionado con armas químicas, biológicas o nucleares, o misiles capaces de transportar dichas armas, ni para ningún otro fin prohibido por la legislación aplicable. Igualmente, certifica que También confirma que los artículos pedidos no se venderán ni transferirán, directa o indirectamente, a Irán, Corea del Norte, Siria, Rusia, Bielorrusia, Crimea o cualquier región disputada de Ucrania o Rusia. Además, usted certifica que cumplirá los requisitos locales e internacionales aplicables en materia de comercio exterior y aduanas, así como cualquier embargo y otras sanciones comerciales (colectivamente, "Obligaciones de Comercio Exterior"). Notificará inmediatamente y por escrito cualquier incumplimiento de esta declaración. ACII no estará obligada a cumplir un pedido o acuerdo vinculante o cualquier parte de este o relacionada con él, ni será responsables de su incumplimiento, si dicho cumplimiento se ve impedido por cualquier impedimento derivado de los requisitos locales y/o internacionales aplicables en materia de comercio exterior y aduanas o cualquier embargo u otras sanciones. ACII tiene derecho a rescindir un pedido o acuerdo vinculante o cualquier parte de este o relacionada con él, con efecto inmediato y sin previo aviso, si el cumplimiento se ve impedido por cualquier impedimento derivado de los requisitos locales o internacionales de comercio exterior y aduanas aplicables o cualquier embargo u otras sanciones. El cliente deberá indemnizar a ACII por cualquier daño directo o indirecto derivado del incumplimiento de esta declaración. 

22. Confidencialidad de datos

Los equipos pueden llevar incorporado el sistema de monitorización ICONS, que permite tanto al cliente como a ACII acceder a datos técnicos de funcionamiento del equipo, con el objetivo de mejorar sus productos y servicios. ACII se compromete a mantener el secreto y la confidencialidad sobre los datos facilitados y, por tanto, hará todos esfuerzos razonables para protegerlos. No obstante, el comprador reconoce ser el responsable del uso de este servicio, y que tanto el comprador como la Compañía podrán, cuando lo estimen conveniente y previa comunicación por escrito, solicitar la interrupción de este servicio o dejar de prestarlo, según corresponda. 

23. Información básica sobre Protección de Datos

Responsable: ACII 

Finalidad: Gestión contable, fiscal, administrativa y facturación de clientes y sus consiguientes tratamientos 

Legitimación: Ejecución (pre)contrato 

Destinatarios: Le informamos que salvo obligación legal o consentimiento expreso por su parte ACII no va a ceder sus datos a terceras personas. 

Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. 

Información adicional: Puede consultar nuestra información adicional detallada y ejercer sus derechos sobre protección de datos en nuestra página web:

www.abacaircompressors.com/es-es o a través de cualquiera de los medios disponibles para contactar con ACII. 

24. Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE)

ACII está inscrita en el Registro de productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE) con el Nº RAEE: 6747. 

25. Envases y residuos de envases

En cumplimiento del Real Decreto 1055/2022 sobre envases y residuos de envases: 

1. Identificación de la contribución al SCRAP: Por la gestión de los productos envasados incluidos en las facturas emitidas por ACII ha aportado al sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) GENCI la cantidad resultante de aplicar a tales productos, según corresponda, las tarifas disponibles en el siguiente enlace: www.genci.es/tarifas.

2. Inclusión del Número de RPP (Registro de Productor de Producto): El número de RPP de ACII es ENV/2023/00005794. 

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